A horas de que la Legislatura trate una ley que modificará dos artículos de la Constitución a través del mecanismo de la enmienda -que luego deberá ser sometida a voto popular- la cuestión de privilegio de los fueros para la dirigencia política y sindical forma parte de la agenda.
El asunto es de estricta actualidad porque actualmente la Constitución da una protección a funcionarios, legisladores, autoridades judiciales y sindicales, que en uno de los puntos será eliminada: si bien se va a mantener la inmunidad de opinión, va a ser borrada la inmunidad de arresto.
Este último punto se refiere a que ante una condena, hoy un ministro, diputado, juez o dirigente gremial no puede ser detenido por la fuerza pública, a condición de que previamente sea sometido a un proceso de desafuero de sus propios pares. Impensable que -por ejemplo- la conducción de un gremio decida quitar los fueros a uno de sus líderes para que sea detenido.
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En el caso de Guillermo Quiroga, quien el viernes pasado no se hizo presente en una audiencia de apertura de investigación y debió ser advertido por la jueza Eve Ponce, todavía hay interpretaciones que difieren respecto a si podria haber sido detenido por la policía en el caso de haberse negado. Para algunos constitucionalistas, los fueros de su cargo gremial podrían darle protección.
Quiroga fue acusado de desvío de fondos del sindicato ATE
Foto: MPF
Para que no queden dudas, este aspecto de la inmunidad de arresto será eliminado por la Legislatura este jueves y quedará firme si los chubutenses lo apoyan el 26 de octubre en las urnas. Pero una aclaración es que esta reforma no avasalla derechos sindicales que están protegidos en la ley nacional, una confusión que ronda en torno a un tema que es complejo. Un gremialista tiene protección en su puesto laboral y no puede ser despedido en su lugar de trabajo por su jefe como un empleado común, un derecho que mantendrá para representar a sus afiliados.
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EXONERACIONES
Pero en los casos de Murphy y Quiroga, se trata de empleados públicos, es decir que no solamente son dirigentes gremiales, si no que gozan de un puesto laboral en el estado chubutense, y están regulados por leyes específicas.
De acuerdo a esta legislación, ante una condena que este firme en una segunda instancia, le corresponde al empleador -en este caso el Poder Ejecutivo- despedir al responsable, que de este modo pierde de inmediato su cargo.
Santiago Goodman fue condenado por el incendio en la Legislatura
Foto: Canal 12
Un ejemplo cercano ocurrió hace tres meses con Daniel Tejero, empleado de carrera en el Poder Judicial que tiene un sumario en su contra por parte del Superior Tribunal de Justicia, luego de haber sido condenado por fraguar un concurso; por esta cuestión, está en proceso su despido.
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Y también está el antecedente de Santiago Goodman, quien fue condenado por haber sido coautor del incendio que en 2019 destruyó el edificio de la Legislatura, cuando era secretario general de Atech. En este caso, a pesar de haber sido ratificada la condena en instancias posteriores, aún conserva su cargo de bibliotecario.
Otro secretario general de Atech, sucesor de Goodman como Daniel Murphy, acaba de ser condenado por algo similar: haber atentado contra un edificio público durante una manifestación de reclamo. Desde el gobierno, se afirma que en caso de ser confirmada la condena, seguirá el camino de la exoneracion. Y misma suerte correría Guillermo Quiroga si fuera condenado en la causa por presunto desvío de fondos hacia cuentas personales.