Durante la jornada del jueves, el juez federal Julián Ercolini procesó a 15 imputados en la causa Vialidad que investigó el entramado de corrupción en la obra pública de Santa Cruz, a través de licitaciones que beneficiaron al empresario Lázaro Báez.
La decisión judicial surge de otro tramo de la causa donde se condenó a la expresidenta Cristina Kirchner. Se analizó particularmente el entramado de corrupción provincial a través de irregularidades en la adjudicación y ejecución de obras públicas.
Los procesados son: Guillermo Fabián Torres, Orlando Marino Taboada Ovejero, Víctor Hugo Paniagua, Manuel Ángel Díaz, Juan Carlos Cerrato, Juan Gelves, Carlos Alberto Mancilla, Roberto Antonio Lillo, María Lorena Lencina Albornoz y Guillermo Horacio Cantero.
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También Elio Enrique González, Gerardo Daniel Mansilla, Claudia Viviana Oliva, Jorge Ricardo Pasiecznik y Alba Lilia Josefa Cabrera, todos exrepresentantes de la Auditoría General de la Nación (AGN) en la provincia.
Julián Ercolini
Télam
Según especificó TN, para Ercolini, “la maniobra criminal se vio conformada por distintas aristas y etapas que confluyeron hacia un único fin específico que ha sido expuesto y explicado en más de una oportunidad: hacerse ilegítimamente de los fondos que le eran otorgados a la provincia de Santa Cruz para el desarrollo de obra pública vial, a través del beneficio direccionado hacia el empresario Lázaro Antonio Báez”.
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“Fue planificado por un grupo de funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional, quienes fueron secundados para la ejecución de ese propósito por distintas personas de su confianza, quienes ocuparon cargos jerárquicos dentro de la administración pública nacional”, agregó el juez.
En el fallo de casi 300 páginas, el juez entendió que los procesados “habrían omitido su deber de cuidar y administrar fielmente los fondos públicos que le fueran otorgados a la AGVP por la Dirección Nacional de Vialidad, lo que habría perjudicado los intereses que les fueron confiados, al permitir que el conglomerado empresarial de Lázaro Antonio Báez obtuviera un lucro indebido y así generarle al Estado Nacional la obligación de pagar sumas de dinero por encima de los montos que en realidad hubieran correspondido para las obras viales que se llevaron a cabo en la provincia de Santa Cruz”.
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Por su parte, la defraudación al Estado, según Ercolini, se produjo -en principio- a través de licitaciones en las que intervinieron los nombrados y, luego, con irregularidades tanto en la etapa de adjudicación, como la concurrencia múltiple de empresas de un mismo grupo, la designación de un mismo representante técnico para diferentes obras simultáneas, la utilización de la misma maquinaria y la falta de certificado de capacidad de adjudicación, entre otras.
También en la etapa de ejecución, con la ampliaciones de plazos y modificaciones de obra sin la debida justificación legal, “las cuales se dieron en contraposición a las funciones que estaban bajo la órbita de su respectivas responsabilidades, de acuerdo a las leyes provinciales número 1673 y 2743, sus respectivos reglamentos y la estructura orgánica y organigrama de la AGVP”, remarcó la sentencia.
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Para Ercolini, en la provincia de Santa Cruz se montó un esquema con funcionaros que actuaban en complicidad. “Esa estructura burocrática provincial -que operaba armónicamente en espejo junto con aquella montada a nivel nacional-, se nutrió de una serie de individuos (parte de los aquí imputados), para que, desde los puestos específicos que les tocó ocupar, pusieran a disposición su rol funcional ayudando -de forma activa u omisiva-, a su ejecución, desarrollo y permanencia”, concluyó el fallo.
Editado y redactado por un periodista de ADNSUR