La Corte Suprema de Justicia rechazó todos los recursos de Cambiemos y dejó firme un fallo que desaprobó la rendición de gastos de la campaña en Buenos Aires en las elecciones PASO y generales de 2017, ya que se encontraron 79 aportantes que negaron haber financiado a la coalición que lideró Mauricio Macri y que tenía a María Eugenia Vidal como su referente bonaerense.
La causa se inició a partir del control de los informes finales de recursos y gastos de la alianza Cambiemos Buenos Aires correspondiente a la campaña por las elecciones primarias del 13 de agosto de 2017 y generales del 22 de octubre de ese año para diputados y senadores nacionales. La tarea la efectuó el Juzgado Federal de La Plata con competencia electoral, a cargo de Alejo Ramos Padilla.
Luego de diversas rectificaciones de los informes presentados por parte de Cambiemos y de dictámenes del Cuerpo de Auditores Contadores de la Cámara Nacional Electoral, el juez desaprobó los informes finales de campaña e impuso multas a los partidos que conformaron la alianza. Asimismo, rechazó los pedidos de exención de sanción requeridos por el Partido Conservador Popular y la Coalición Cívica.
El magistrado consideró que existían numerosas irregularidades en cuanto a los aportantes privados y deficiencias respecto al origen de los aportes privados provenientes de personas físicas. Entendió que no podía tenerse por demostrado el origen y destino de los fondos de la campaña, ya que las subsanaciones que había solicitado el auditor no habían sido cumplidas.
La Cámara Nacional Electoral confirmó por su parte la decisión del magistrado federal de La Plata. Destacó que 79 personas señaladas como aportantes negaron su contribución en la campaña; mientras que de las otras 19 que admitieron los aportes, solo uno presentó el comprobante correspondiente.
Contra esa medida de la Cámara, tanto Cambiemos como Pro interpusieron un recurso extraordinario, que fue denegado y motivó la presentación de un recurso de queja. Ahora la Corte desestimó la queja por aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, sin dar mayores razones. El fallo lleva la firma de los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz.
En su fallo de 2022, Ramos Padilla sancionó con multas a la alianza Cambiemos y a Pro, por $3.246.965; a la UCR y la Coalición Cívica, con $990.599 cada uno; y a los partidos Demócrata Progresista, Conservador Popular, Demócrata, Unión del Centro Democrático, Espacio Abierto para el Desarrollo y la Integración Social, Fe, del Diálogo y Movimiento Social por la República, que recibieron todos sanciones pecuniarias por $34.395.
Se trata de una causa en la que la Justicia investiga si el entonces gobierno de Vidal inscribió a beneficiarios de subsidios sociales como supuestos aportantes a la campaña electoral que Cambiemos realizó en la provincia de Buenos Aires para las listas de candidatos a Diputados nacionales, que encabezaba Graciela Ocaña, y el binomio de postulantes a senadores que integraban Esteban Bullrich y Gladys González.
El caso se conoció por una nota periodística difunda en 2018, que la mano derecha de Julio De Vido, Roberto Baratta, se jactaba de haber enviado a los periodistas, en la que se reveló que unas 205 personas de bajos ingresos y que recibían planes sociales figuraban como donantes de fondos de la campaña para la entonces coalición gobernante.
Esas personas -llegaron a detectarse a miles- figuraban como afiliados a Pro que habían realizado aportes mediante pequeñas donaciones de entre $ 350 y $ 1500. En el fallo, Ramos Padilla afirmó que el cuerpo de auditores contadores de la Cámara Nacional Electoral (CNE) determinó que la información suministrada por Cambiemos “no coincidía” con la aportada por la Dirección Nacional Electoral.
A la vez, el magistrado remarcó que de acuerdo a los peritajes, el 95% de los aportes privados fueron en efectivo y detalló que cuando los peritos cruzaron datos de los supuestos donantes con el Registro Nacional de Electores, “los DNI no se correspondían”. “Además, el magistrado consignó que la auditoría realizó un entrecruzamiento de datos con la base de monotributistas de AFIP, en el cual se expuso un listado de 179 aportantes cuyas contribuciones superaban el 30% de sus facturaciones mensuales”, añadió.
También se detectó que 40 aportantes “podrían estar encuadrados en alguna de las prohibiciones establecidas por la normativa vigente por existir elementos que los vinculan con empresas concesionarias o contratistas de servicios u obras públicas o proveedores de la Nación o la provincia; o bien por superar los topes establecidos”.
Paralelamente, se detectaron 209 personas “que pese a haber realizado considerables donaciones de dinero, percibían algún plan o beneficio de Anses” y en el expediente se graficó que había aportantes que presuntamente donaron 20.000 pesos, pero percibían el Programa Hogar (para la compra de garrafas sociales), o aportaron 17 mil pesos y cobraban la Asignación Universal por Hijo (AUH). Así, el magistrado rechazó la rendición de gastos porque Cambiemos “no pudo acreditar el origen y destino de los fondos de la campaña electoral”, y pidió que se extraigan testimonios para que se investigue penalmente el caso.
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