Desde la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) existe un programa social conocido como “Prestación por Desempleo” que se otorga a aquellos empleados despedidos que trabajaban en relación de dependencia, conforme a la Ley de Contrato de Trabajo Nº 24.013.
Según explica el organismo previsional, su objetivo es brindar sostén financiero mientras el titular busca un nuevo empleo, permitiendo que pueda cubrir sus necesidades básicas durante este período sin ingresos.
El monto de esta prestación social se calcula en base a los ingresos previos del solicitante y los meses trabajados con aportes, y el proceso para adquirirla solo requiere reunir la documentación necesaria y presentarla ante el organismo previsional.
PRESTACIÓN POR DESEMPLEO: ¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER?
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Para solicitar esta prestación social deberás realizar un trámite en ANSES que solo requiere de dos pasos.
La Prestación por Desempleo es una ayuda previsional tiene como objetivo beneficiar a los trabajadores en relación de dependencia que fueron despedidos sin causa justificada, por finalización de contrato o por motivos ajenos a su voluntad, o estén en situación de desempleo, según lo establecido en la Ley N.º 24.013.
Para solicitar esta prestación social deberás realizar un trámite en ANSES que solo requiere de dos pasos. El primero, es reunir toda la documentación necesaria, como el DNI (original y copia) y un certificado que compruebe el desempleo (original y copia). Este último, dependiendo del caso, puede ser:
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- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
- En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
Por otra parte, para solicitar este beneficio y acceder al cobro, los trabajadores deben haber realizado aportes al sistema previsional por un tiempo mínimo antes de quedar desempleados. Además, deberán cumplir con estos requisitos:
- Trabajadores permanentes: haber trabajado al menos 6 meses con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el año previo a la finalización del trabajo.
- Trabajadores de la construcción: deben tener al menos ocho meses de trabajo con aportes en los dos años anteriores al despido o finalización de obra.
¿CUÁL ES EL MONTO DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO EN ABRIL 2025?
El monto de esta prestación social se calcula en base a los ingresos previos del solicitante y los meses trabajados con aportes. ANSES confirmó que el cobro mínimo será corresponde al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), mientras que el monto máximo no superará el 100% del SMVM.
Desde el 1 de marzo de 2025, los valores mínimos y máximos de la prestación se establecieron de la siguiente manera:
- Monto mínimo: 50% del SMVM, es decir, $148.416.
- Monto máximo: 100% del SMVM, es decir, $296.832.
- Trabajadores jornalizados: el valor por hora del SMVM es de $ 1.484.
Y el período de cobro depende de la cantidad de meses que el trabajador haya realizado aportes antes del despido. De esta manera, así queda conformado:
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- 2 meses: para quienes aportaron entre 6 y 11 meses.
- 4 meses: para quienes aportaron entre 12 y 23 meses.
- 8 meses: para quienes aportaron entre 24 y 35 meses.
- 12 meses: para quienes aportaron 36 meses o más.
Otro punto importante a tener en cuenta que es que la asistencia social será equivalente al 75% del mejor salario cobrado en los seis meses anteriores al pedido, teniendo en cuenta los límites mencionados.
UNO POR UNO, LOS PASOS PARA TRAMITAR LA AYUDA ECONÓMICA
Para solicitar esta prestación, tenés que comenzar su trámite dentro de los 90 posteriores al despido. Este es el paso a paso:
- Reuní toda la documentación personal y familiar correspondiente. Tenés que tener un documento que acredite el desempleo, como un telegrama de despido, carta documento o copia del contrato de trabajo vencido.
- Ingresá en Atención Virtual del sitio web de ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social. También, podés hacer este trámite en una oficina del organismo con turno previo (podés solicitarlo en la página web de la entidad).
- Recordá que, si hubo un cruce de telegramas con tu empleador y te consideraste despedido, deberás realizar un trámite previo.
CRONOGRAMA DE PAGOS DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO EN ABRIL
Prestación por Desempleo
- DNI terminados en 0 y 1: 23 de abril
- DNI terminados en 2 y 3: 24 de abril
- DNI terminados en 4 y 5: 25 de abril
- DNI terminados en 6 y 7: 28 de abril
- DNI terminados en 8 y 9: 29 de abril
Editado y redactado por un periodista de ADNSUR